Plataformas digitales para una niñez libre de violencia

Recientemente, El Colegio de México (COLMEX), a través de su Seminario Sobre Violencia y Paz, publicó un alarmante estudio que muestra cómo las organizaciones criminales reclutan a niños, niñas y adolescentes (NNA) mediante la red social TikTok.[1] Aunque no alude a México, un informe actual de la Europol confirma el creciente reclutamiento de personas jóvenes por parte de redes delincuenciales a través de internet.[2] Este problema no solo es preocupante, sino que parece ir en aumento.[3]

No existen cifras exactas sobre el reclutamiento, forzado o “voluntario”, de NNA por parte del crimen organizado en México, mucho menos cuando es cometido en el entorno de plataformas digitales, como redes sociales (TikTok, X, Facebook, YouTube), chats de videojuegos (Minecraft, Free Fire, Roblox,Fortnite, Grand Theft Auto, entre otros) o aplicaciones de mensajería (WhatsApp, Telegram). En este sentido, recopilar y sistematizar datos suficientes y confiables sobre el fenómeno es una asignatura pendiente.

A pesar de la carencia de datos oficiales, la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) y el Observatorio Nacional Ciudadano de Seguridad, Justicia y Legalidad (ONC) estimaron en 2021 que entre 145,000 y 250,000 NNA se encontraban en riesgo de ser reclutados o utilizados por grupos delictivos en México.[4] Desde 2011, la REDIM ha calculado que entre 30,000 y 35,000 NNA son reclutados por bandas criminales, aunque no precisa si la cifra es anual.[5] En 2019, calculó que el 55.9% de los delitos cometidos por personas adolescentes sentenciadas estaban relacionados con el crimen organizado.[6]

Un caso reciente que evidenció el reclutamiento de NNA a través de plataformas digitales fue el del rancho en Teuchitlán, Jalisco. El 24 de marzo, el secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Omar García, confirmó la existencia de una red de reclutamiento a través de 39 perfiles en redes sociales, principalmente TikTok. Este hecho, desgraciadamente, no es aislado, tal y como muestra el estudio del COLMEX.

El problema tampoco es tan reciente como parece. Ya desde 2021, la Secretaría de Gobernación advirtió en un informe sobre el reclutamiento de personas de entre 6 y 17 años a través de videojuegos y redes sociales. De acuerdo con la citada Secretaría, las funciones asignadas varían según la edad. Entre los 6 y 12 años, son utilizados como mensajeros, reclutadores, vigilantes o “halcones”, y transportadores de drogas. Entre los 13 y los 17 años, se dedican principalmente a la venta de droga, extorsión digital o telefónica, vigilancia de casas de seguridad, ejecución de personas, desaparición de cuerpos y traslado de armamento.[7]

Por su parte, el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México publicó en julio de 2023 un informe sobre el uso de videojuegos y redes sociales para cometer el delito de trata de personas en sus diferentes modalidades, así como otros crímenes, sobre todo de índole sexual. Entre 2022 y el primer semestre de 2023, el Consejo atendió 42 casos de víctimas relacionadas con videojuegos, la mayoría (67.5%) entre 7 y 15 años, afectando principalmente a niñas (82.5%).[8]

El problema del reclutamiento de NNA por parte del crimen organizado no me es ajeno. En marzo de 2020presenté una iniciativa en mi carácter de senador para incluir el reclutamiento de NNA para participar en acciones armadas como una forma específica del delito de corrupción de menores. Aunque la propuesta no prosperó, me di cuenta de que legisladores y legisladoras de todo el espectro político han presentado iniciativas similares para proteger a la niñez y juventud mexicanas. Esto demuestra que las vías legislativas para atacar el fenómeno son diversas y que debemos aprovechar la coincidencia entre todas las fuerzas políticas para construir una propuesta integral.

En agosto de 2024 recalqué la necesidad de legislar sobre reclutamiento forzado,[9] y el 16 de mayo de este año reiteré mi preocupación por las y los jóvenes de México que son captados a través de las plataformas digitales. En este sentido, algunas organizaciones civiles, como la REDIM[10] y Reinserta A.C.,[11] han señalado dos pendientes: recopilar más datos y tipificar el reclutamiento de NNA como un delito distinto a la trata de personas y la corrupción de personas menores de edad. Yo agregaría: debemos analizar el papel de las plataformas digitales como punto de contacto entre el NNA y el reclutador.

Sin dejar a un lado la posibilidad de fortalecer el marco jurídico, los gobiernos de la Cuarta Transformación han aplicado el derecho vigente e implementado políticas públicas para generar entornos seguros y combatir el reclutamiento de NNA por parte de grupos criminales.

En el terreno de la prevención, el sector público lleva a cabo campañas informativas. Por ejemplo, en enero de 2025, la Dirección General de Gestión de Servicios, Ciberseguridad y Desarrollo Tecnológico de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) emitió una alerta sobre el reclutamiento forzado de NNA por medio de videojuegos, propuso acciones dirigidas a las madres, padres y personas cuidadoras, tales como verificar las etiquetas de clasificación de contenido de los videojuegos, y elaboró la Ciberguía.

Los programas sociales del Gobierno federal enfocados en NNA y jóvenes buscan combatir algunas de las causas de la violencia, y así se alinean con la Estrategia Nacional de Seguridad Pública 2024-2030. Con ellos se busca atajar la pobreza y la falta de oportunidades para que las promesas de ingresos rápidos dejen de ser atractivas. Las actividades recreativas también alejan del crimen. A fines de marzo, la presidenta Sheinbaum convocó a los jóvenes a hacer deporte como alternativa a la violencia. Reducir el número de miembros es también una forma de luchar contra el crimen organizado.

Los sectores social y privado en México también contribuyen a prevenir la trata de personas en general y el reclutamiento de NNA para delinquir, en particular mediante campañas, talleres, material informativo y videojuegos educativos. Además, han colaborado con el sector público para investigar y erradicar el fenómeno, aunque los esfuerzos no perduraron, como muestra el caso del Observatorio Nacional para la Prevención del Reclutamiento de Niñas, Niños y Adolescentes, integrado por representantes del gobierno, la academia y la sociedad civil que se instaló durante el sexenio pasado. Tal vez valdría la pena revitalizarlo para generar sinergias entre todos los actores relevantes.

En cuanto a las tareas de investigación, la Dirección General Científica de la Guardia Nacional cuenta con un Centro Nacional de Respuesta a Incidentes Cibernéticos (CERT-MX) que realiza ciberpatrullaje en la red pública de internet, desarrolla guías de ciberseguridad y apoya a los ministerios públicos con investigación forense digital. En el ámbito local, algunas entidades federativas cuentan con sus respectivas unidades de policía cibernética, que pueden monitorear internet, emitir alertas cibernéticas y realizar campañas informativas. Lamentablemente, muy pocos casos son investigados, y una cantidad aún menor llega a los tribunales. Esto se traduce en un reducido número de sentencias.

Ahora bien, existen instrumentos internacionales que nos obligan a velar por el interés superior de la niñez y a promover una vida libre de violencia. Por ejemplo, la meta 8.7 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible pretende prohibir y eliminar las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilización de niños soldados, y la meta 16.2 busca poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia contra los niños.

Además, organismos internacionales han instado al Estado mexicano a tomar medidas legislativas y administrativas para visibilizar y erradicar el reclutamiento de NNA por parte de grupos criminales. En 2015 y 2024, el Comité de los Derechos del Niño recomendó a México tipificar el delito de reclutamiento forzado de menores y jóvenes.[12] Por su parte, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) urgió a diversos gobiernos, incluido el mexicano, a medir cómo interactúan los niños y las niñas con el mundo digital para desarrollar políticas públicas eficaces.

En el ámbito nacional, contamos con leyes que protegen a NNA en el mundo digital. Concretamente, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes obliga al Estado mexicano a garantizarles un acceso y uso seguros a internet. La Ley General de Educación obliga a las autoridades a realizar campañas informativas sobre hábitos de navegación segura y en contra de la violencia digital. La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión establece que la programación dirigida a NNA deberá evitar contenidos que estimulen o hagan apología de la violencia, e informar sobre la protección contra todo tipo de explotación infantil y de trata de personas (art. 226).

Además, contamos con normas que penalizan el reclutamiento de NNA, aunque ninguna alude expresamente a las redes sociales, videojuegos o plataformas digitales. Por ejemplo, el Código Penal Federal permite procesar por corrupción de menores a quien obligue, induzca, facilite o procure a un NNA a cometer algún delito o formar parte de una asociación delictuosa (art. 201, incisos d y e). La Ley Federal contra la Delincuencia Organizada aumenta las penas cuando se utilice a menores de edad para cometer cualquier delito previsto en dicha ley (art. 5o, fracción II). La Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitosprohíbe utilizar a personas menores de dieciocho años en actividades delictivas previstas en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada (arts. 10, fracción VII y 25).

A pesar de algunos avances en México contra el reclutamiento de NNA, aún resta mucho por hacer, sobre todo si analizamos el papel que las plataformas digitales pueden jugar para erradicar este pernicioso flagelo. Primero, debemos generar datos de calidad y promover investigaciones multidisciplinarias para obtener diagnósticos más precisos y comprender mejor el fenómeno.

Segundo, es necesario examinar buenas prácticas que han facilitado crear entornos seguros para NNA y responsabilizar a las grandes compañías tecnológicas. Por ejemplo, la Ley de Protección de la Privacidad de los Niños en Línea (Children’s Online Privacy Protection Act) de los EE. UU. obliga a establecer mecanismos para restringir el acceso a menores de edad, implementar herramientas para detectar y bloquear cuentas de menores que mienten su edad y crear espacios segmentados para las infancias (como YouTube Kids o el “modo infantil” de TikTok), mientras que la Ley de Servicios Digitales de la Unión Europea obliga a las plataformas de muy gran tamaño a identificar y reducir los riesgos para personas menores de edad.

Tercero, debemos coordinar los esfuerzos de todos los actores y sectores interesados, como las organizaciones de la sociedad civil, las familias, el empresariado, la academia, organizaciones comunitarias como las iglesias, entre otras. Todos tenemos una responsabilidad para con nuestros niños, niñas y adolescentes.

Finalmente, hay que recordar que el derecho no evoluciona al mismo ritmo que las nuevas tecnologías. Tal vez nuestro marco jurídico ya sanciona el reclutamiento de NNA, pero no especifica los medios de enganche, como los engaños y la manipulación a través de redes sociales o videojuegos, y tampoco permite exigir responsabilidades a las plataformas digitales, reguladas por la ley en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, cuya nueva versión se está discutiendo en el Congreso. Desde el Poder Legislativo debemos dar herramientas jurídicas a las autoridades mexicanas que les permitan identificar, prevenir, investigar, perseguir y sancionar el delito de manera eficaz, así como para reinsertar socialmente a víctimas y victimarios.

 

Fuentes:

[1] Seminario sobre Violencia y Paz, “Nuevas fronteras en el reclutamiento digital. Estrategias de reclutamiento del crimen organizado en TikTok”, El Colegio de México, Northeastern Civic A.I. Lab, abril de 2024. Consultado el 20 de mayo de 2025 en: https://violenciaypaz.colmex.mx/publicacion/nuevas-fronteras-en-el-reclutamiento-digital-estrategias-de-reclutamiento-del-crimen-organizado-en-tiktok

[2] Europol, “The recruitment of young perpetrators for criminal networks”, noviembre de 2024. Consultado el 19 de mayo de 2025 en: https://www.europol.europa.eu/cms/sites/default/files/documents/IN_The-recruitment-of-young-perpetrators-for-criminal-networks.pdf

[3] Alejandro López Contreras, “Reclutamiento y utilización de niñas, niños y adolescentes por grupos delictivos en México, una forma de explotación en la trata de personas”, Revista Mexicana de Ciencias Penales, 7(23), 2024: 71–88. Consultado el 19 de mayo de 2025 en: https://revistacienciasinacipe.fgr.org.mx/index.php/02/article/view/744/742

[4] Doria del Mar Vélez Salas et al., “Reclutamiento y utilización de niñas, niños y adolescentes por grupos delictivos en México. Acercamientos a un problema complejo”, ONCREDIM, 2021. Consultado el 19 de mayo de 2025 en: https://onc.org.mx/public/onc_site/uploads/doc-reclutamiento.pdf

[5] Idem.

[6] María José Martínez y Fernando Salas, “La infancia: objetivo de grupos delincuenciales. Reportaje sobre el reclutamiento y la utilización de niños, niñas y adolescentes en detrimento de sus derechos”, REDIM, marzo de 2023. Consultado el 19 de mayo de 2025 en: https://investigaciones.derechosinfancia.org.mx/wp-content/uploads/2023/03/Reportaje-reclutamiento-ilicito-otra-fuente_compressed-1-2.pdf

[7] Secretaría de Gobernación, “Mecanismo Estratégico del Reclutamiento y Utilización de NNA por Grupos Delictivos y la Delincuencia Organizada en Zonas de Alta Incidencia Delictiva en México”. 2021. Consultado el 19 de mayo de 2025 en: https://estrategiasddhh.segob.gob.mx/work/models/EstrategiasDDHH/Documentos/pdf/GruposRiesgo/Mecanismo_Estrategico_del_Reclutamiento_y_Utilizacion_de_NNA.pdf

[8] Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México, “Tercer reporte anual. Trata de personas, desafío global y virtual”, julio de 2023. Consultado el 19 de mayo de 2025 en: https://consejociudadanomx.org/media/pdf/9/3ER%20REPORTE%20TRATA.pdf

[9] José Gerardo Mejía, “Monreal anuncia reformas contra reclutamiento forzado, desapariciones, migración y fentanilo”, Latinus, 8 de agosto de 2024. Consultado el 19 de mayo de 2025 en: https://latinus.us/mexico/2024/8/8/monreal-anuncia-reformas-contra-reclutamiento-forzado-desapariciones-migracion-fentanilo-120999.html

[10] María José Martínez y Fernando Salas, op. cit.

[11] Reinserta, “Niñas, niños y adolescentes reclutados por la delincuencia organizada”, 2023. Consultado el 19 de mayo de 2025 en: https://reinserta.org/wp-content/uploads/2023/10/ESTUDIO-RECLUTADOS-POR-LA-DELINCUENCIA-ORGANIZADA.pdf

[12] Comité de los Derechos del Niño, “CRC/C/MEX/CO/6-7. Observaciones finales sobre los informes periódicos sexto y séptimo combinados de México”, 8 de octubre de 2024. Consultado el 19 de mayo de 2025 en: https://docs.un.org/es/CRC/C/MEX/CO/6-7

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