Versión estenográfica del mensaje del senador Ricardo Monreal Ávila, coordinador de la fracción parlamentaria de Morena en el Senado de la República, con relación a los cambios a la Ley de Seguridad Pública aprobados por el Congreso de la Unión
Se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación, los lineamientos que regulan la relación de personas servidoras públicas con agentes extranjeros.
Éstas son producto de los cambios a la Ley de Seguridad Nacional que el Congreso Mexicano aprobó a mediados de diciembre del 2020, y que tienen como objeto mejorar la relación y regular la actuación de agentes del extranjero en nuestro país.
Los lineamientos establecen que los agentes extranjeros que desempeñan actividades en México, serán acreditados como funcionarios consulares por la Secretaría de Relaciones Exteriores, de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Defensa Nacional y de Marina, siempre de conformidad con los acuerdos bilaterales en materia de seguridad nacional.
Además, establecen que las embajadas acreditadas en México, deben informar mensualmente a las instancias correspondientes sobre los acuerdos de cooperación bilateral en materia de seguridad, que contribuya a preservar la seguridad nacional
También informarán esos agentes sobre cualquier tema que pudiera tener un impacto significativo en la vida del país, que represente una amenaza para la seguridad nacional, o sobre temas que se refieran a presuntas conductas delictivas de personas, servidoras o exservidores públicos de México, involucrados en materia de seguridad.
Por su parte, también los servidores públicos mexicanos reportarán sobre cualquier intercambio de información con agentes del extranjero, en un plazo máximo de tres días, después de que se haya celebrado o contactado la reunión.
Estas reuniones serán previamente aprobadas por el Grupo de Alto Nivel de Seguridad del Consejo, el cual determinará los casos en que se podrán otorgar autorizaciones por un periodo determinado de tiempo o para una serie de reuniones.
El informe presentado por los servidores públicos, así como por las embajadas acreditadas en México, deberán respetar los principios de confidencialidad y reservas de información establecidos en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Además, se establece que los agentes extranjeros que cometan delitos o infracciones a las disposiciones legales que les prohíbe ejercer funciones reservadas a las autoridades mexicanas y que no gozarán de ningún tipo de inmunidad, sino que serán sometidas a proceso, en el caso de que así ocurra y se violen estas disposiciones.
Con esto se garantiza, no solamente la confidencialidad de las labores realizadas por agentes del extranjero en nuestro país y la protección de su integridad, sino que se da un paso importante en la transparencia de la función que realizan en el territorio nacional.
Es importante reiterar que, ni la aprobación de las modificaciones de ley, ni la publicación de los lineamientos, están orientadas a una agencia o a un país en específico.
Se trata de una modificación sin precedentes para que, por un lado, proteja la soberanía nacional y, por el otro, fortalezca los principios de reciprocidad entre México y otras naciones.
Bien por México. Bien por el Congreso mexicano que logró esta reforma y que ahora ya está publicada.