Apuntes sobre la reforma al Poder Judicial

De todos los cambios que el Gobierno y las legislaturas de la Cuarta Transformación hemos promovido desde el año 2018 a la fecha, la reforma al Poder Judicial que se está discutiendo en el Congreso en estos días es, sin lugar a dudas, una de las que trascienden en la historia.

Esta reforma tiene que ver con atender varios problemas de la vida nacional y dar respuesta a diversas exigencias de la ciudadanía. Entre las más urgentes están la de combatir la inseguridad y la impunidad que la alimenta; pacificar al país mediante el acceso oportuno y expedito a la justicia y, en general, fortalecer el Estado de derecho y los principios jurídicos que lo sustentan, como la certeza, la seguridad jurídica, la imparcialidad, la legalidad, la división de poderes y el respeto a los derechos humanos fundamentales.

El acceso a la justicia, como derecho humano fundamental, se encuentra rezagado en nuestro país. La justicia en México ni es oportuna ni es pronta ni es expedita. Y esta situación se encuentra en la raíz de buena parte de los problemas de inseguridad, corrupción y desigualdad económica y social que vive la nación.

No es un problema de hoy, pero sí nos toca hoy, y a nosotros, atenderlo.

Afrontar este problema desde su raíz, es justo lo que plantea la reforma al Poder Judicial que al Poder reformador de la Constitución le toca votar y aprobar.

¿En qué consiste esta reforma? Se centra en cuatro objetivos:

1. Establecer un método democrático para la elección de las y los ministros, magistrados y jueces, mediante voto universal, directo y secreto.

2. Vigilar y verificar la actuación de las personas juzgadoras, por medio de la creación del Tribunal de Disciplina Judicial.

3. Instaurar la evaluación ciudadana y profesional del desempeño de la función judicial.

4. Aplicar los principios de austeridad republicana y transparencia presupuestal en el Poder Judicial. Esto significa que, de manera irreductible, ninguna persona integrante del Poder Judicial ganará más que quien ocupe la Presidencia de la República, además de que se eliminan los haberes de retiro y los privilegios al concluir el cargo judicial.

Es importante aclarar lo siguiente: estas nuevas reglas en la integración del Poder Judicial federal solo impactarán a los mandos operativos superiores de la función jurisdiccional; es decir, al 3.3 por ciento de los poco más de 50 mil trabajadores y trabajadoras que integran este Poder. Hablamos de 1,654 jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial federal.

La reforma al Poder Judicial no modifica ni cambia los derechos laborales ni las prestaciones económicas y de seguridad social del conjunto del personal que labora en el Poder Judicial federal, como tampoco afecta a 14 de las 17 categorías que actualmente integran la carrera judicial: desde el oficial judicial, que es el primer escalón, hasta el secretario general de Acuerdos de la Suprema Corte o del Tribunal Electoral, permanecen sin cambios. Los requisitos y procedimientos que deberán cumplir estas personas integrantes de la carrera judicial seguirán siendo los mismos.

El único nuevo requisito que se agrega a los tres niveles superiores de la carrera judicial, es decir, a las y los jueces de distrito, magistrados de circuito y ministros de la Suprema Corte es que, además de los requerimientos actuales de preparación, capacidad, idoneidad y probidad, pasen por la prueba de las urnas, esto es, por una elección ciudadana, mediante el sufragio popular, directo y secreto.

El requisito de la elección ciudadana de las y los jueces, magistrados y ministros (a la que llamaré “elección ciudadana judicial”) ha puesto en pie de guerra a algunos sectores de opinión, de la abogacía, de la política y de la economía. Es una reacción desmedida y, en algunos casos, hasta discriminatoria y obscena respecto a quienes proponemos ese cambio.

Se afirma que la elección ciudadana judicial afectará la independencia y la autonomía de este Poder, al abrir la puerta a la corrupción política de los partidos y al crimen organizado, porque serían los primeros en financiar e imponer a las y los candidatos a jueces, magistrados y ministros.

Otras voces, con desinformación y argumentos abiertamente racistas, clasistas y discriminatorios, rechazan a priori la posibilidad de que la ciudadanía pueda elegir a un juez o una jueza. Señalan, por ejemplo: “¿Qué va a saber de leyes un ama de casa, un obrero, un campesino o una indígena, como para decidir quién es el mejor juez?”, “Es como someter a votación quién es la dentista o el cardiólogo que me va a atender de un padecimiento”.

Por eso, es necesario puntualizar los siguientes diez puntos respecto a la trascendental reforma al Poder Judicial que hoy se encuentra en la polémica nacional.

Decálogo para la reforma al Poder Judicial

Primero. Es un mandato ciudadano: desde el inicio de la más reciente campaña electoral, se expuso claramente que la elección del pasado 2 de junio no se trataba solamente de ganar la Presidencia de la República, sino también de lograr las mayorías en las cámaras del Congreso de la Unión (de Senadores y de Diputados), para llevar adelante un conjunto de reformas constitucionales, conocidas como “Plan C”.

Abiertamente, de día y de noche, se habló del Plan C, y también se aclaró lo que significaba la C: C de Claudia, C de Constitución, C de Congreso de la Unión, C de cámaras. Y así votaron casi 46 millones de mexicanas y mexicanos, para el Senado y para la Cámara de Diputados, para que ganara el Plan C. La C de Claudia fue la más votada, con 35.5 millones de sufragios. Así que no se engañó a nadie.

Segundo. Ya existe la elección ciudadana judicial, solo que es indirecta: las y los magistrados y ministros ya se escogen actualmente por elección popular, solo que es de manera indirecta.

Actualmente, las y los jueces, ministros y magistrados son propuestos por el Ejecutivo federal y son electos por una mayoría calificada de senadoras y senadores. Los poderes Ejecutivo y Legislativo tienen por fuente de legitimidad el voto popular, misma que comparten o transmiten a las y los jueces que ellos eligen, solamente que es una legitimidad delegada, no directa.

Al depender, el nombramiento de las y los jueces, de un acuerdo mancomunado entre el Ejecutivo y el Legislativo, el Judicial se convierte en un Poder estructuralmente supeditado a los otros dos; es decir, en un Poder non, no un Poder par. Esto redunda en el menoscabo de la independencia y la autonomía judiciales.

Tercero. Anteriormente, una élite ilustrada juzgaba con criterios parciales y económicos. Con la reforma, las personas juzgadoras serán abogadas y abogados mexicanos comunes, con sentido de respeto a los derechos humanos, pero también con percepción de la realidad social.

El personal de la Judicatura podrá permanecer en su cargo o aspirar a uno superior, pero también se abrirá la oportunidad para que personas externas, profesionales del derecho puedan participar.

Cuarto. El voto ciudadano libera, no somete a las y los jueces. La elección popular directa o elección ciudadana judicial los liberará de la dependencia estructural respecto a los otros dos poderes y nivelará el terreno de juego entre ellos, al compartir, ahora sí, los tres poderes de la Unión la misma fuente de legitimidad: el voto popular.

Gracias a la reforma al Poder Judicial habrá, ahora sí, tres poderes pares y no lo que existe hoy: dos poderes pares y uno non, en el que privan el “cuotismo”, “el cuatismo” y la corrupción.

La elección ciudadana judicial, mediante voto popular, universal, directo y secreto, lejos de acabar con la independencia y la autonomía judiciales, las fortalecerá y hará realidad.

Gracias a la reforma al Poder Judicial, las y los jueces de distrito, magistrados de circuito y ministros de la Suprema Corte ya no tendrán que buscar más un padrino político, un mecenas económico o un grupo de poder dentro de la judicatura. Su único padrino, mecenas o promotor será el pueblo, la ciudadanía, el electorado.

Quinto. Es falso que MORENA y sus aliados vayamos a dominar los nombramientos de las y los nuevos jueces: ningún partido político de los que integramos las mayorías en las Cámaras del Congreso de la Unión tendrá participación, injerencia o intromisión en la integración de los comités de evaluación y la selección de las personas aspirantes a jueces. Sus integrantes provendrán de la academia, la abogacía y la sociedad civil.

Sexto. Blindaremos a la reforma al Poder Judicial de la intromisión del crimen organizado: otro compromiso que establecemos de cara a la nación, a la sociedad y al electorado que nombrará a las y los nuevos jueces es que no dejaremos pasar a nadie que tenga antecedentes de haber participado en la defensa de personas sentenciadas por delincuencia organizada, violación de derechos humanos o corrupción económica o política. Esta reforma no es solo para terminar con la corrupción de personas juzgadoras, sino también contra sus corruptores. Para acabar con quien mata a la vaca, pero también con quien le agarra la pata.

Séptimo. Esta reforma al Poder Judicial se impulsa también para dar protección y garantías de seguridad a las y los nuevos juzgadores que resulten de la elección ciudadana judicial. Es una reforma para terminar con el nefasto, nocivo e intimidatorio “plata o plomo”. La figura de jueces sin rostro recibirá el mayor de los impulsos por parte de la mayoría legislativa, y habremos de promover las mejores prácticas y experiencias internacionales en la materia. Cambiaremos la plata y el plomo para incentivar la honestidad y el aplomo de las y los nuevos jueces.

Octavo. La reforma al Poder Judicial es responsable, respetuosa y solidaria con la estructura jurídica de resolución de controversias que prevén los tratados de libre comercio que México ha suscito con diversas naciones. Ninguno de los paneles de resolución de conflictos comerciales se verá afectado por esta reforma.

Noveno. El Poder Judicial seguirá siendo el resolutor de los conflictos y el principal intérprete de las normas, pero mediante la reforma se renovarán los criterios judiciales con una visión diferente y cambiará la estructura del Poder Judicial, iniciando nuevas bases para su constitución.

Décimo. Esta reforma al Poder Judicial no es fruto del capricho, de la revancha o del dogmatismo político. En las democracias occidentales hay, en este momento, un debate sobre qué hacer con el Poder Judicial que se excede en sus facultades, en sus funciones y en sus mandatos. El fenómeno es la denominada critocracia, el “gobierno de jueces”, es decir, quienes buscan gobernar o dominar con sentencias judiciales.

Se trata de una deformación de algunas democracias contemporáneas, en las que la autonomía judicial se torna en aislamiento social; la independencia fundacional, en dependencia clientelar, y la imparcialidad, en parálisis institucional.

En Estados Unidos, el presidente Joe Biden presentó hace poco una iniciativa para reformar al Poder Judicial de su país; en Israel, antes del más reciente conflicto bélico, había una propuesta de reforma judicial radical; mientras que, en España y en Italia, los alcances y límites del gobierno de los jueces, es un debate en curso.

Así, en México estamos en la frecuencia de lo que pasa actualmente en el mundo. Nuestro país está construyendo un sistema de justicia que será un ejemplo para el mundo.

Con esta reforma estamos contribuyendo a concretar un sentido anhelo de la mayoría del pueblo de México. Podemos afirmar con orgullo, a quienes el 2 de junio votaron por nosotros, que no los traicionamos. Que les cumplimos. Que cumplimos con la patria, cumplimos con el México que reclama justicia y que quiere terminar de una vez por todas con la putrefacción en los órganos de impartición de justicia, cuyo déficit se agranda y en donde los lastres se acumulan y se acrecientan.

Por eso entiendo la preocupación de muchas y muchos adversarios. Esta es una reforma innovadora, única en el mundo. Tenemos la convicción de que el sistema de justicia mejorará; estamos convencidos de que tenemos la razón; tenemos la convicción de que terminaremos con el nepotismo, la corrupción, el tráfico de influencias, el conflicto de interés y la venta de la justicia al mejor postor. Eso ya no podemos admitirlo; eso ya no podemos aceptarlo.

La aprobación en la Cámara de Diputados de la reforma al Poder Judicial cumplió con todos los plazos y los pasos que la ley establece. Su proceso legislativo fue intachable, aun desarrollado desde una sede alterna y a pesar de críticas y objeciones de todo tipo que, incluso, afirmaron que quienes votamos y logramos sacar adelante la reforma (con mayoría absoluta) no éramos las y los legisladores, sino personas que suplantaron nuestra identidad. Falso. Y contamos con los videos que ratifican que fuimos nosotras y nosotros, las y los diputados electos por el pueblo de México, quienes votamos y estamos llevando adelante lo que nos confirió.

Es probable que esta reforma al Poder Judicial no resuelva de la noche a la mañana la demanda ciudadana de una mejor justicia y una mayor paz en el país. Se deben transformar también las policías, las fiscalías y los tribunales locales, así como el sistema penitenciario. Pero ni duda cabe de que sí puede ser el inicio de algo mejor que lo que ahora tenemos.