Decreto en materia electoral establece plazos de valoración de trabajadores del INE: Ricardo Monreal
- Descarta el líder de la mayoría parlamentaria que haya despido masivo; si otorgan la suspensión provisional de la reforma, no se moverá nada, precisa el senador
Ante la publicación del denominado “Plan B” en materia electoral, el líder del Grupo Parlamentario de Morena en el Senado, Ricardo Monreal Ávila, aseveró que no habrá un despido masivo de trabajadores en el Instituto Nacional Electoral (INE).
En entrevista, el senador detalló que el decreto establece plazos de valoración y mecanismos para la selección de trabajadores. En los transitorios el Legislativo previó eso, explicó.
“Los propios transitorios lo refieren de manera muy clara; sin embargo, repito, no va a haber ese despido masivo y yo creo que esos son de los temas que la Corte pudiera resolver”, enfatizó.
Además, subrayó que, si alguna ministra o ministro decide otorgar la suspensión provisional de la reforma, no se moverá nada, lo que incluye a las y los trabajadores, así como las áreas de compactación y las de nueva creación.
Indicó que no se sabe el número de empleados que podrían perder su empleo, ya que se tienen que aplicar los mecanismos para la selección de trabajadores y la compactación de áreas, además de esperar la decisión de la Corte.
“No se puede saber, sino hasta cuando se aplique concretamente la ley. Pero cualquier trabajador, cualquiera que pierda su empleo, me parece desafortunado, cualquiera”.
En ese sentido el coordinador de la mayoría legislativa confió en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá la validez de esta nueva norma en un plazo breve, por la magnitud y por la naturaleza que esto implica en la vida democrática del país.
Detalló que ahora que se publicó el decreto, lo que procede es que lleguen las impugnaciones sobre la norma, la cual ya está oficialmente en vigencia; “cuando se notifica en el Diario Oficial de la Federación, surte efectos de notificación para todos los mexicanos y las mexicanas; y desde este momento puede ser impugnado por las vías jurisdiccionales y las acciones que la Constitución señala”.
La acción de inconstitucionalidad la pueden presentar las minorías legislativas, los partidos políticos con registro definitivo o las personas físicas o morales que se sientan agraviadas con la decisión del Poder Legislativo, puntualizó.
Monreal Ávila sostuvo que a partir de ahora se presentarán estas acciones de inconstitucionalidad en la Corte, la cual, seguramente, ya está preparada para admitirlas, recibirlas y en un plazo prudente resolver.
“Hay dos tipos de suspensiones, la provisional y la definitiva; y en el caso de las otras dos leyes, hay suspensión de la aplicación de las normas jurídicas que se aprobaron en diciembre y que empezaron su vigencia desde diciembre”, informó.