Expediente vacío

 

Dip. Dr. Ricardo Monreal Ávila

Por su actuar durante décadas, el sistema de procuración de justicia ha cargado con una pesada losa: la corrupción institucionalizada, la discrecionalidad disfrazada de autonomía y la ineptitud como práctica cotidiana. Estas no son desviaciones aisladas, sino el patrón sistémico que, en entidades como Morelos, adquiere dimensiones grotescas.

El descrédito del Ministerio Público en México alcanzó niveles alarmantes; en 2023, sólo judicializó el 3.6 por ciento del total de carpetas iniciadas, esto implica que más del 96 por ciento de los casos no llegaron nunca a manos de una jueza o de un juez[1], lo que refleja una deficiencia profunda en la integración y sustento de las investigaciones penales. Particularmente en el estado de Morelos[2], durante la gestión del anterior fiscal general, la justicia fue desplazada por el cálculo político. El expediente incoado contra el diputado federal Cuauhtémoc Blanco es un ejemplo patente de una fiscalía que actúa sin ley, sin técnica y sin ética.

La sociedad lo percibió con claridad: la Fiscalía General del Estado, bajo la administración anterior, no actuó con independencia ni con rigor técnico ni con objetividad procesal. El órgano que debió garantizar la legalidad se convirtió en un ariete político, utilizado para castigar adversarios, perseguir opositores o distraer la atención pública del verdadero problema: la inseguridad rampante.

El caso del diputado Cuauhtémoc Blanco revela la profundidad de este deterioro. La solicitud de procedencia presentada por la Fiscalía carecía de elementos nuevos; se trató de una reedición de pruebas inconsistentes y de dictámenes contradictorios que, lejos de aportar certeza, sembraban aún más dudas. La Sección Instructora fue tajante: no existía base jurídica ni novedad probatoria que justificara abrir el procedimiento.

La carpeta de investigación presentada, compuesta por 180 fojas, no ofrecía ningún contenido sustancial distinto del ya evaluado en una solicitud anterior. No se incorporaron nuevos peritajes ni testigos adicionales ni diligencias ampliadas. En suma, se trató de una repetición sin fundamento. Incluso, se llegó al absurdo de incluir pruebas contradictorias (dictámenes periciales en materia psicológica).

Conviene subrayar que la primera solicitud fue presentada el 6 de febrero del año que transcurre, pero fue devuelta por inconsistencias en la integración probatoria. Posteriormente, esas mismas pruebas se reincorporaron, sin modificaciones sustanciales, en un segundo escrito fechado el 21 de febrero de 2025.

La ley que rige este procedimiento es clara. El artículo 25 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos exige que toda solicitud de desafuero cumpla con requisitos formales y sustanciales. No basta el expediente voluminoso ni el escándalo mediático; se requiere contenido jurídico sólido. Y aquí, simplemente, no lo había.

La legitimidad del entonces fiscal morelense, Uriel Carmona Gándara, está severamente comprometida. Se encuentra vinculado a proceso por encubrimiento y falsificación de dictámenes periciales en un caso de altísimo impacto nacional. ¿Cómo puede, quien incurrió en tales conductas, pretender objetividad en otro procedimiento?

A ello se suma un hecho incontrovertible: el fiscal mantuvo un enfrentamiento abierto, prolongado y público con Cuauhtémoc Blanco. Las acusaciones mutuas, las rencillas políticas y los señalamientos cruzados de corrupción e infiltración del crimen organizado conforman un entorno de animadversión personal que vicia cualquier actuación de la Fiscalía. El principio de imparcialidad, en este contexto, fue letra muerta.

Las instituciones no deben ser herramientas de revancha. La justicia no puede ejercerse con odio ni por consigna. La decisión de desechar el dictamen, por notoriamente improcedente, no obedeció a la protección de persona alguna, sino al imperativo de preservar la legalidad del procedimiento parlamentario.

Permitir que una carpeta deficiente, parcial y viciada diera paso a un proceso de desafuero habría significado un retroceso institucional: el de legitimar vendettas políticas bajo el ropaje del derecho.

Que no se tenga duda, la Cámara de Diputados actuó con responsabilidad democrática, apegada al principio de legalidad y al deber de garantizar certeza jurídica. El juicio de procedencia no puede ni debe convertirse en un circo judicial.

Es trágico y preocupante para el pueblo de Morelos que su fiscal haya falseado dictámenes, revictimizado mujeres, perseguido adversarios políticos y actuado con manifiesta torpeza técnica. El caso Cuauhtémoc Blanco Bravo debe marcar un punto de inflexión. No se trata de blindar a nadie. Se trata de exigir que la procuración de justicia se ejerza con rigor, con ética y con independencia.

Que la oposición no distorsione los hechos: la remoción del fuero nunca estuvo a debate. Votar a favor del dictamen implicaba respetar el debido proceso, la presunción de inocencia y la garantía de justicia para las víctimas. Votar en contra suponía devolver el expediente a la Sección Instructora para continuar con un procedimiento basado en una carpeta mal integrada, que no habría superado el escrutinio de una jueza o de un juez de control ni de un tribunal oral.

La Sección Instructora no está facultada para investigar delitos ni para integrar carpetas. Esa función es exclusiva del Ministerio Público, y su ineptitud no puede ser corregida por el Poder Legislativo.

México necesita fiscalías que sirvan a la sociedad mexicana, no al poder del momento; es necesario que las y los legisladores nos aboquemos a revisar y actualizar el marco jurídico que regula las sanciones para las personas servidoras públicas, compromiso pilar en nuestro movimiento. Cuando la justicia se politiza, los daños no recaen en los actores del poder, sino en la sociedad, en la verdad y, sobre todo, en las víctimas.

Reitero: las y los diputados de nuestro movimiento cuidamos en todo momento que la procuración de justicia proteja sin simulaciones ni cálculos políticos a las víctimas, a la sociedad mexicana, a la verdad y al debido proceso.

ricardomonreala@yahoo.com.mx

X y Facebook: @RicardoMonrealA

 

Fuentes:

[1] World Justice Project, Índice de Estado de derecho en México (IEDM) 2023-2024.

[2] El estado de Morelos ocupa la posición 30 de 32 en el factor de justicia penal, con una calificación de 0.29 sobre 1. Este indicador evalúa la capacidad del sistema para investigar, procesar y sancionar delitos de manera eficaz y respetando derechos. (Fuente: IEDMX 2024, Factor 8, World Justice Project).

 

Share the Post: