Versión estenográfica del mensaje del senador Ricardo Monreal sobre los decretos aprobados por el Senado de la República en Materia de vivienda
Estamos por concluir el periodo de sesiones ordinaria del Congreso de la Unión.
En la sesión de miércoles 9 de diciembre, la Cámara de Senadores concluyó un procedimiento legislativo sobre reformas en materia de vivienda.
Las reformas aprobadas se enviaron al presidente de la República para su publicación, promulgación, y el inicio de la vigencia.
De qué se tratan estas reformas, que a través de las redes me han preguntado sobre su contenido y su alcance.
Primero, es una reforma al artículo 37 a la Ley del INFONAVIT, en materia de retiro de la subcuenta de vivienda:
Con esta reforma se establece que el trabajador o sus beneficiarios puedan rescatar dentro de un plazo de 10 años los recursos de la subcuenta de vivienda que hubiesen acumulado, sin aplicarlos en la obtención de un crédito.
Se elimina el riesgo de que pierdan los fondos acumulados en caso de que, en el transcurso de los 10 años no apliquen la reclamación correspondiente.
Además, reciben la garantía de que el INFONAVIT deberá notificarles oportunamente, al trabajador o a sus beneficiarios, de la cercanía en la conclusión del plazo para que acudan a realizar el trámite para la recuperación de los fondos a su favor.
En caso de que no hagan la reclamación en los términos señalados, los montos acumulados pasarán a formar parte de una reserva que administrará el propio Instituto y los recursos correspondientes se mantendrán disponibles en todo momento en favor del trabajador o sus beneficiarios para su recuperación mediante el procedimiento ágil, rápido, que el propio Instituto establecerá.
Las modificaciones garantizan el respeto a los recursos que el trabajador aporta para que se mantenga siempre su derecho al disfrute del producto de su trabajo.
Y la segunda reforma es a la Ley del INFONAVIT y la Ley del ISSSTE, en materia de crédito de vivienda.
Al igual que la reforma al INFONAVIT, esta modificación legal también obtuvo una unanimidad favorable de los senadores.
Con las modificaciones aplicadas en las leyes de las dos instituciones, se deja atrás la obligación de sólo poder solicitar crédito para la adquisición de vivienda.
Las modificaciones permitirán que el trabajador tenga derecho a que el crédito que se le otorgue lo puedan aplicar en la adquisición de un terreno, si es que es su deseo, o bien, realizar la propia construcción; o bien, que se utilice para realizar reparaciones o modificaciones en el diseño arquitectónico de la casa que ya posea, a fin de que se apoye su derecho a una vivienda digna.
Con las modificaciones se introduce como garantía en beneficio de los trabajadores la obligación a cargo del instituto financiero de que se trate, para que previo al otorgamiento del crédito, se le informe al trabajador, de manera detallada, las condiciones de pago, el monto máximo a que tiene derecho y los mecanismos de garantía aplicables.
Esta reforma elimina restricciones para el logro del trabajador en la adquisición de una vivienda y le abre opciones para que, si es su deseo, pueda utilizar el crédito en un terreno, la adquisición o compra de un terreno, de una casa distinta y que, de manera directa ejerza este recurso como mejor le convenga a los intereses del trabajador y de su familia.
Estamos avanzando, son normas que nunca se aceptaron, son normas jurídicas que ahora, esta mayoría impulsa de manera contundente en tu beneficio, en el beneficio de los trabajadores de México.