Versión estenográfica del mensaje del senador Ricardo Monreal, coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en el Senado de la República, sobre la aprobación de reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en materia de pensiones alimenticias

En la Sesión Plenaria de la Cámara de Senadores del día de ayer, se aprobó el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en materia de pensiones alimenticias, algo esperado, justiciero y necesario.

La reforma aprobada tiene su sustento en la obligación del Estado de proveer los instrumentos, acciones y políticas necesarias que garanticen el derecho al desarrollo óptimo de niñas, niños y adolescentes de nuestro país.

Esto evidencia la enorme importancia de avanzar en un aspecto garantista del derecho familiar, precisando que lo que comprende el derecho de alimentos incluye: satisfacción de las necesidades de sustento, supervivencia y en especial alimentos, nutrición, vestido, habitación, recreación, atención médica y psicológica preventiva, y también la salud, asistencia médica y hospitalaria y en su caso, gastos de embarazo y parto, los gastos derivados de la educación, la formación para proporcionar un oficio, arte y profesión o con relación a los menores con algún tipo de discapacidad o interdictos.

La necesaria situación para lograr en lo posible, su habilitación, rehabilitación y desarrollo en general.

En este orden de ideas, las autoridades de los tres órdenes de Gobierno, dispondrán lo necesario a fin de establecer como requisito la presentación del certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, para procedimientos y tramitaciones como obtención de licencia, permiso para conducir, pasaporte, documentos de identidad y viajes para participar en algún evento; así como para participar como candidatos a cargos concejiles o de elección popular.

Y también participar en procesos de selección para asumir el cargo de juez o magistrado, en el ámbito local y federal.

En los trámites realizados ante notario público, también puede haber restricciones, relativos a la compra-venta de inmuebles o la constitución o transmisión de derechos reales; así como para solicitudes de matrimonio, en donde el juez deberá hacer del conocimiento de los contrayentes si alguno se encuentra en el Registro y la situación que guarda respecto a sus obligaciones alimenticias.

Se incorpora la previsión relativa a medidas de restricción migratoria, con el objeto de impedir que las personas inscritas en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, pueda salir del país cuando sean deudores alimentarios morosos o existan medios de prueba que permitan a la persona juzgadora determinar la existencia de un riesgo que puede salir del país, incumpliendo su responsabilidad.

Es una ley muy importante, que puedes aquí consultar de manera íntegra, en esta página que te proporciono.

Es un hecho inédito. Creo que el Senado ha cumplido con su obligación, ahora falta que lo haga la Cámara de Diputados; estoy seguro de que con la misma consistencia también lo aprobarán.