Sentencia del TEPJF sobre revocación de mandato, refrenda valor de participación ciudadana: Ricardo Monreal
- El INE puede y debe asegurar que cada firma de apoyo para solicitar este ejercicio sea auténtica y verdadera
La sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobre la recolección de firmas para la revocación de mandato, despeja el camino para que este ejercicio de participación ciudadana tenga como eje la voluntad popular, afirmó el senador Ricardo Monreal Ávila.
El TEPJF ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) modificar los lineamientos de la consulta de revocación de mandato y permitir la recolección de firmas en papel y a través de medios electrónicos.
En un mensaje que escribió en redes sociales, el coordinador parlamentario de Morena asentó que el INE puede y debe asegurar que cada firma de apoyo para solicitar la consulta de revocación sea auténtica y verdadera.
Ricardo Monreal enfatizó que en papel o por medio digital, la expresión ciudadana para solicitar que se realice la consulta debe ser libre, verídica y verificable.
Con la sentencia de hoy, dijo, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación refrenda el valor de la participación ciudadana como fuente y motivo de la revocación de mandato.
“Es un derecho social elegir cómo expresar su respaldo a la petición para convocar a la consulta de revocación o permanencia del presidente”, expresó el líder de la mayoría legislativa en el Senado.
Al Congreso, aseveró el senador, siempre le asistió la razón. Cabe recordar que el pasado 12 de octubre, el Senado aprobó un acuerdo presentado por la Junta de Coordinación Política, por el que se realiza la interpretación de los artículos 11 y 12 de la Ley Federal de Revocación de Mandato.
El documento detalla que el espíritu del Congreso de la Unión fue establecer que las personas solicitantes de este ejercicio tienen la facultad de elegir libremente el método de recolección de firmas ciudadanas que deseen.
En ese sentido, las y los ciudadanos pueden recabar y entregar de manera válida los formatos impresos y los medios electrónicos de recolección de apoyo ciudadano en todos los municipios y demarcaciones territoriales de la República Mexicana.