Indispensable, funcionamiento del INAI para garantizar derechos fundamentales: Ricardo Monreal
- Pide visión de Estado para asegurar funcionamiento de este órgano autónomo
El funcionamiento del INAI es indispensable no sólo para garantizar el derecho a la información, sino otros derechos fundamentales como la seguridad jurídica y el acceso a una justicia pronta y expedita, destacó el senador Ricardo Monreal.
De ahí que en este momento se considere más conveniente una visión de Estado para designar a las personas que cubran las tres vacantes de comisionados, para dejar sin efectos la controversia interpuesta por el Instituto, reactivar el entramado institucional para combatir la opacidad, la corrupción y la impunidad.
Monreal dio a conocer en redes sociales el documento que presentó a los integrantes de su Grupo Parlamentario, en el que expresa sus razones y criterios constitucionales y legales para asegurar el funcionamiento de este organismo autónomo.
Dijo que no se puede desperdiciar la oportunidad única de que las propuestas que se hagan para el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales alcancen un consenso mayoritario, pues existe la necesidad de habilitarlo cuanto antes.
“Una decisión de Estado en ese sentido, dejaría sin efectos la controversia interpuesta por el INAI, reactivaría el entramado institucional, sumaría a la voluntad política de combatir la opacidad, la corrupción y la impunidad en todo el país y evitaría la acumulación inusitada de solicitudes y recursos, que muy seguramente se empezarían a resolver a partir del segundo semestre de este año o del primer semestre del año 2024, con el consiguiente impacto en el escenario político nacional de ese momento”.
El senador explicó que más allá de la alegada violación a la autonomía del INAI, el problema de su inhabilitación debe analizarse desde la perspectiva de su impacto en el Estado mexicano.
Lo anterior, porque no sólo se menoscaba el funcionamiento de dicho órgano autónomo, sino que se afecta también el desempeño de los sujetos obligados de todo el país y de los Órganos Garantes Locales, en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales.
Todo ello, en detrimento de los derechos fundamentales respectivos, como parte de un mismo diseño institucional previsto en la Constitución Federal, que es pilar del Estado Mexicano y su régimen democrático.
Esto es así, agregó, porque la inhabilitación del Pleno del INAI para que pueda sesionar válidamente no suspende o impide que las personas puedan formular solicitudes de acceso a la información o de protección de datos personales.
Tanto a nivel federal como local, es deber de los sujetos obligados atender dichas solicitudes a través de sus respectivas unidades de transparencia, en los términos legales correspondientes.
Lo que puede generar que las miles de respuestas de los sujetos obligados, aproximadamente seis por ciento del total de solicitudes ingresadas, permanezcan pendientes de resolución.
Ello, en agravio directo de las personas solicitantes, pero también de las autoridades que conforman el diseño institucional, ante la dilación, la incertidumbre jurídica y el descontento provocados.
Ricardo Monreal subrayó que en 2003 se ingresaron un total de 24 mil 97 solicitudes de acceso y datos del ámbito federal; en 2013 fueron 147 mil 148; en 2018 fueron 267 mil 396 y en 2022 fueron 377 mil 879.
“Conviene recordar que la mayoría de las solicitudes de acceso a la información y de protección de datos personales, tiene que ver con gestiones y trámites que afectan a la población más desfavorecida y que sólo puede recurrir al INAI para intentar solucionar sus problemas”.
Por ejemplo, las relacionadas con el total de semanas cotizadas y el cobro de pensiones, seguros y liquidaciones ante las instituciones de seguridad social y aseguradoras.
Así como con el acceso al expediente clínico o la obtención de certificados de vacunación contra el Covid-19; con la procedencia de los procedimientos de consulta a pueblos indígenas; y con las solicitudes de información para poder ofrecerla como prueba en juicios entre particulares.
Además de los requerimientos de datos por parte de los trabajadores para trámites de escalafón o poder entablar demandas laborales y probar sus acciones, o con su corrección o rectificación en documentos oficiales, para poder realizar otros trámites.
Por ello, acotó el coordinador parlamentario, la inhabilitación afecta también otros derechos fundamentales, como los de seguridad jurídica y de acceso a una justicia pronta y expedita, en agravio de las personas.
Advirtió que ante este escenario, es altamente probable que la Suprema Corte de Justicia de la Nación dé celeridad a la resolución de la controversia constitucional interpuesta por el INAI e, incluso, conceda previamente la inhabilitación del artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de manera que se pueda sesionar válidamente con menos de cinco comisionados, en lo que se resuelve dicho procedimiento.
“Al respecto habría que considerar que de darse dicha determinación, ello ocurriría en medio de un escenario enrarecido a nivel internacional, en el que otros Estados han manifestado su preocupación por las violaciones a los derechos humanos en nuestro país, que han trascendido a sus connacionales”.
“Situación que evidentemente se agravaría ante el reconocimiento por parte del Tribunal Constitucional de que el Estado inhabilitó indebidamente el andamiaje institucional establecido para garantizar la transparencia, el acceso a la información pública, la protección de datos personales y la rendición de cuentas”, expresó.
Por ello Ricardo Monreal acotó: “de ahí que en este momento se considere más conveniente atender este problema con visión de Estado, mediante la designación de las personas que deban ocupar las tres vacantes de Comisionados en el Pleno del INAI.
El documento completó se puede consultar en el siguiente enlace:
https://ricardomonrealavila.com/consideraciones-en-torno-al-inai/