El general y la DEA

Los gansos salvajes

 

En 1985, el agente de la Administración de Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés) Enrique “Kiki” Camarena fue asesinado en México. Formaba parte del grupo de agentes estadounidenses dedicados a investigar, mediante el llamado Operativo Padrino, las actividades de Miguel Ángel Félix Gallardo.

 

El 15 de octubre de 2020, el general en retiro del Ejército Mexicano, Salvador Cienfuegos Zepeda, fue detenido en la ciudad estadounidense de Los Ángeles, a petición de la DEA. El militar, identificado por la agencia como “El Padrino”, fue detenido por su presunta implicación en cuatro delitos, tres de ellos vinculados con fabricación, venta y distribución de estupefacientes, y uno con lavado de dinero.

 

Después de que Enrique Camarena fuera torturado y asesinado, la DEA intensificó sus trabajos en México, iniciando la llamada Operación Leyenda, para investigar y perseguir a los culpables. El operativo incluyó a gran parte del aparato judicial de los Estados Unidos: jueces, fiscales y policías se dedicaron a establecer responsabilidades. Diez años después, se determinó no solamente que los tres principales responsables de la tortura y asesinato fueron los traficantes de droga Miguel Ángel Félix Gallardo, Ernesto Fonseca Carrillo y Rafael Caro Quintero, sino que también se vinculó a autoridades mexicanas con los hechos delictivos. Se señaló, por ejemplo, la participación de José Antonio Zorrilla, titular de la Dirección Federal de Seguridad (DFS) y a Jorge Miguel Aldana Ibarra, primer comandante de la Policía Judicial.

 

Sin embargo, aun cuando la Operación Leyenda terminó oficialmente en 1995, los resultados de la investigación no fueron concluyentes, dejando abiertas diversas preguntas sobre las motivaciones y los posibles implicados en el asesinato de Enrique Camarena. Ése tampoco fue el fin de la actuación de la DEA en territorio mexicano, pues la detención del general Cienfuegos Zepeda se dio en el marco de una serie de acontecimientos recientes, entre los que se encuentran la extradición y el juicio en EUA de Joaquín Guzmán Loera, y el arresto (también en suelo estadounidense) del ex secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna.

 

 

 

Uno de los episodios más oscuros de la investigación en la Operación Leyenda, fue el de los “gansos salvajes”. Entre las personas señaladas de haber participado en el asesinato de Camarena se encontraba el ginecólogo mexicano Humberto Álvarez Machain, presuntamente responsable de haber administrado medicamentos para mantener despierto al agente durante la tortura de la que fue víctima.

 

Señalado el médico, la DEA actuó de manera poco convencional, pues no pidió la extradición de Álvarez Machain y tampoco habló con la Procuraduría General de la República, sino que contrató a doce expolicías mexicanos, cuyo nombre clave era “gansos salvajes”, para capturarlo. Una vez que esto ocurrió, fue trasladado a una avioneta con destino a Texas, donde fue aprehendido formalmente por autoridades estadounidenses. Tres años después, el ginecólogo mexicano fue declarado inocente por una corte de la Unión Americana.

 

Así, la historia reciente nos muestra tres factores importantes para el análisis del caso del general Cienfuegos:

 

  • Primero: que las investigaciones realizadas por los Estados Unidos no son infalibles.
  • Segundo: que las agencias antinarcóticos pueden llegar a tomar decisiones totalmente unilaterales, asumiendo el costo diplomático y político que sus consecuencias puedan generar.
  • Tercero: que la detención del general Cienfuegos tiene que ser entendida dentro de un contexto de largo alcance, que no se limita a los últimos meses o años, sino que implica el análisis de varias décadas. Este análisis nos permite decir que, a diferencia del pasado, el caso del militar mexicano ha sido manejado por ambos países involucrados bajo un esquema de cooperación institucional, de respeto soberano y de confianza.

 

 

El caso del general Cienfuegos Zepeda

 

En México, las reacciones generadas por la detención de Salvador Cienfuegos no fueron menores, pues se trató del primer caso en que un elemento de las Fuerzas Armadas, institución que históricamente ha mantenido altos niveles de confianza entre la población, fuera arrestado en un país extranjero, a petición de su agencia antinarcóticos.

 

Sin embargo, no se trata del primer caso de esta naturaleza que sucede en la historia de la región latinoamericana. En la década de 1980, el general y dictador panameño Manuel Noriega fue detenido por agentes de la DEA en Panamá, trasladado a Estados Unidos y juzgado por cargos de tráfico de drogas. En ese momento, las relaciones entre Panamá y la Unión Americana se tensaron, mostrando nuevamente el daño que las decisiones unilaterales pueden causar a la diplomacia. Y aunque hoy es condenada por la historia la actitud dictatorial del militar panameño, lo cierto es que el debido proceso y el respeto a la soberanía fueron ignorados por la actuación de la DEA.

 

A pesar de los antecedentes históricos, la detención del general Cienfuegos despertó fuertes críticas y comentarios injustificados en contra del Gobierno de México, entre los que se esbozaron distintas hipótesis, cuya validez ha sido desacreditada por la reciente decisión de la jueza estadounidense de retirar los cargos al militar, por la eficacia de la diplomacia y por el reconocimiento a las autoridades mexicanas por parte de las norteamericanas.

 

 

Entre estas hipótesis se señaló que los actuales mecanismos bilaterales de cooperación en materia de seguridad entre Estados Unidos y México se encontraban rebasados, toda vez que la Unión Americana había decidido detener por su cuenta al general Cienfuegos, en lugar de entrar en contacto con la Fiscalía General de la República para que iniciara una carpeta de investigación, o bien, haber comenzado un proceso de extradición.

 

Esta suposición podría ser entendida y tal vez justificada bajo las condiciones que en el pasado imperaban en México. Recordemos que anteriormente existía un pacto de impunidad entre quienes presuntamente cometieron un delito y las autoridades. Bajo esa lógica, hubo voces que expresaron que la DEA prefirió actuar, nuevamente, de manera unilateral, en lugar de buscar un esquema de cooperación con las autoridades mexicanas competentes.

 

Pero esta hipótesis, sostenida durante un mes, ahora carece de valor ante la decisión bilateral de retirar los cargos al general Cienfuegos en Estados Unidos, para que sea investigado en México. Además, a lo largo del proceso hubo también otras acciones que demostraron la falsedad del supuesto, especialmente en lo referente a los mecanismos de cooperación entre ambos países.

 

La prueba más clara de que, lejos de estar rebasados, los mecanismos de cooperación y la comunicación entre Estados Unidos y México se encuentran en buenas condiciones en la actualidad, es la carta que desde la Junta de Coordinación Política del Senado de la República se hizo llegar a Christopher Landau, embajador de la Unión Americana en México. Fieles al mandato de revisar la política exterior del país, las y los integrantes de la Jucopo expresamos al diplomático la necesidad de contar con información sobre los siguientes seis puntos fundamentales:

 

  1. ¿De cuál delito o cuáles delitos se acusa al general Salvador Cienfuegos?
  2. ¿Cuáles son los datos de prueba con que cuentan para la imputación? Favor de describirlos.
  3. ¿Cuáles fueron las razones para no informar a las autoridades mexicanas en la materia sobre la posible detención, tomando en consideración la importancia que tiene este tipo de investigaciones de acuerdo con el marco jurídico vigente para el intercambio de información y colaboración en investigaciones entre México y Estados Unidos, incluyendo el Tratado de Asistencia Jurídica entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América, los memorandos de entendimiento entre las agencias de investigación en materia de procuración de justicia y seguridad, así como el marco jurídico internacional en la materia? En caso de sí haber informado, ¿en qué fecha y a través de cuáles autoridades se compartió esta información?
  4. ¿En el curso de la investigación que se lleva a cabo en los Estados Unidos de América hubo intervención directa de agregados de alguna agencia en materia de procuración de justicia que hayan recabado información directamente en nuestro país? En caso afirmativo, que las autoridades del Gobierno de los Estados Unidos de América informen a partir de qué fecha dio inicio la investigación en nuestro país, por qué medios se obtuvo la información que sustentó la investigación y que motivó la orden de captura obsequiada por un juez en los Estados Unidos de América.
  5. ¿Cuál es la calidad de los testigos que deponen en contra del acusado? ¿Son testigos protegidos? ¿Colaboradores? ¿Son testigos de oídas o presenciales? ¿Quién es la persona que declara, señalando al general Cienfuegos: “ahí está el padrino”? ¿En qué circunstancia y condición hizo esa declaración?
  6. ¿En qué institución del sistema judicial norteamericano se está llevando el caso? ¿Cuáles son los siguientes pasos del proceso?

 

La carta fue enviada el día 4 de noviembre de 2020, poco menos de un mes después de que el general Cienfuegos fuera detenido en Estados Unidos, al considerar necesario contar con información veraz y emitida por las autoridades competentes, para que el Senado mexicano, en su calidad de coadyuvante, estuviera enterado de la versión oficial de los hechos, del cumplimiento de los tratados internacionales y del respeto a nuestra soberanía.

 

Dos semanas después del envío de la misiva, el 16 de noviembre, los fiscales estadounidenses solicitaron a Carol Amon, la jueza encargada del proceso, que desechara los cargos en contra del general Cienfuegos. Como resultado de esta petición, el 18 de noviembre, durante la audiencia ya programada, la juzgadora aceptó la petición, y señaló que la decisión se tomó en el más alto nivel del Departamento de Justicia de su país para permitir que México investigara el caso y para mantener “la estable sociedad en materia de procuración de justicia” que existe entre ambas naciones.

 

De acuerdo con los fiscales estadounidenses, la solicitud registrada ante la corte federal de Nueva York encargada del caso Cienfuegos se basó en que el Gobierno de ese país determinó que existían consideraciones “delicadas e importantes de política exterior” que rebasaban su interés en proceder con la investigación del acusado y que, por lo tanto, requerían desestimar el caso.

 

Asimismo, los fiscales estadounidenses informaron que después de la detención del general Cienfuegos en Estados Unidos las autoridades mexicanas iniciaron su propia investigación, lo cual derivó en un acuerdo bilateral en el que la Unión Americana buscaría desechar los cargos para que nuestro país continuara con la indagatoria.

 

 

 

Como resultado, el martes 17 de noviembre el fiscal general de la República Alejandro Gertz Manero y su homólogo estadounidense, el procurador William Barr, emitieron un comunicado en el que se informó que:

 

…en reconocimiento a la sólida asociación institucional entre México y Estados Unidos, y con el interés de demostrar nuestro frente unido contra todas las formas de criminalidad, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos ha tomado la decisión de solicitar a la jueza que se desestimen los cargos penales de Estados Unidos contra el exsecretario Cienfuegos, para que pueda ser investigado y, en su caso, procesado de acuerdo con las leyes mexicanas.

 

Al igual que la detención, la decisión tomada por ambos países generó una avalancha de opiniones en la esfera pública. Entre éstas, existe aún la carga de la desconfianza y la impunidad que durante años imperaron en el sistema de justicia de nuestro país, por lo que algunas voces opositoras se han aventurado a declarar que en México se buscará alejarse del debido proceso para favorecer al general o que el cambio de dirección del caso se trata de un acuerdo político.

 

Lo anterior resulta erróneo, porque ahora la Fiscalía General de la República cuenta con autonomía de actuación, y no está supeditada ni es vulnerable a las presiones o deseos de terceros. Su fin es investigar con cabalidad las pruebas del caso, como lo establece el comunicado conjunto. El Departamento de Justicia de los Estados Unidos, en virtud del tratado que rige el intercambio de pruebas entre ambos países y a solicitud de la FGR ha proporcionado medios probatorios a México, con el compromiso de continuar la cooperación, dentro de ese marco, para apoyar las investigaciones que realicen las autoridades de nuestro país.

 

Derivado del documento que los fiscales generales entregaron a la jueza Amon, se estableció también que las autoridades estadounidenses habían llegado a un acuerdo con el acusado, por el cual, de ser aceptada la solicitud de retirar los cargos, Cienfuegos saldría voluntariamente de los Estados Unidos para ser transportado de manera expedita a México, bajo custodia del Gobierno norteamericano. Ahora corresponderá a las instituciones mexicanas seguir el debido proceso, para, en su caso, determinar la culpabilidad del general Cienfuegos.

 

Ante las suspicacias que surgieron respecto de las asimetrías entre el caso García Luna y el caso Cienfuegos, la Cancillería mexicana explicó las diferencias que motivan distintas actuaciones, por ejemplo, que el general no tiene residencia ni operaciones financieras o de otro tipo en Estados Unidos, además de que los delitos que se le imputan fueron presuntamente cometidos en México y no, como en el caso del ex secretario de Seguridad Pública, en la Unión Americana.

 

Esta serie de acontecimientos permiten desmentir las opiniones de quienes afirmaron que los mecanismos de cooperación en materia de seguridad entre ambos países estaban desgastados. Prueba de ello es la mencionada carta enviada por el Senado de la República, así como el activo intercambio diplomático y la capacidad de cooperación entre el procurador estadounidense y el fiscal general mexicano.

 

 

Concluir la nulidad de esta hipótesis implica también aceptar que se abre una nueva etapa en que las acciones unilaterales que en el pasado fueron llevadas a cabo en México por parte de agencias extranjeras están encontrando cauces institucionales a través de los cuales se garantizará el debido proceso, respetando la soberanía de los países. Ello implica a su vez el reconocimiento de los Estados Unidos de que en México ahora se cuenta con instituciones diseñadas para combatir eficazmente la impunidad. Se trata de admitir la voluntad que el Gobierno encabezado por el presidente Andrés Manuel López Obrador tiene con los mecanismos de cooperación y también con el fortalecimiento de las instituciones nacionales.

 

En suma, el caso del general Salvador Cienfuegos Zepeda comprueba que la institucionalidad debe prevalecer frente a las acusaciones anticipadas o sumarias, y marca el camino por seguir para resolver investigaciones en curso, como el operativo “Rápido y Furioso”. Tal como se expresó en el comunicado conjunto emitido por el procurador estadounidense y el fiscal general mexicano, la decisión tomada en torno al caso Cienfuegos refleja que ambas naciones son más fuertes cuando trabajan juntas y respetan su soberanía e instituciones. Esta estrecha asociación aumenta la seguridad de la población en los dos territorios.

 

ricardomonreala@yahoo.com.mx

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